Ayer, la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo acogió el recurso de aclaratoria promovido por el Partido Frente Renovador Auténtico y declaró inconstitucional el artículo 100 de la Carta Magna de la provincia. Este fallo viene a completar el pronunciamiento que el mismo tribunal había dictado el pasado 28 de diciembre, fulminando el inciso 6 del artículo 43 de la Constitución. Una y otra norma determinaban que las elecciones generales debían celebrarse dos meses antes de que concluyan el período de gobierno. Dado que el mandato del gobernador expira el 29 de octubre, la votación debía celebrarse, inexorablemente, en agosto.
La sentencia de ayer liquidó la última traba constitucional que evitaba mover la fecha en la cual los tucumanos renovarán gobernador y vice, 49 legisladores, 19 intendentes, 182 concejales y 93 delegados comunales. Con las manos libres para firmar el adelanto de los comicios, el gobernador Juan Manzur avanzará en breve con esa decisión.
En el Poder Ejecutivo confirmaron a LA GACETA que el mandatario determinará “en los próximos días” la fecha para los comicios y, con ello, la oficialización de la convocatoria oficial. El llamado para para acudir a las urnas debe efectuarse con un mínimo de dos meses de antelación con respecto al día en que se sufragará. “El Poder Ejecutivo convocará a elecciones públicamente por lo menos con 60 días corridos de anticipación a la fecha señalada para su realización”, manda el vigente inciso 5 del artículo 43.
Extraoficialmente, la fecha que más chances reúne por estas horas para la celebración de las elecciones tucumanas es el 9 de junio, según coinciden encumbradas fuentes del poder político.
En rigor, la fecha ha venido corriéndose durante el breve transcurso de este año. Cuando se conoció el fallo del 28 de diciembre, los referentes más entusiastas del oficialismo propiciaban, con el fervor de la Navidad recién celebrada y del Año Nuevo por venir, que se llamara a votar en abril. Pero por esos lapsus del inconsciente colectivo, resultó que la sentencia alumbrada durante el Día de los Inocentes anulaba un inciso que mandaba a sufragar en agosto, pero nada decía de otro artículo que mantenía la exigencia. Todo se volvió incertidumbre.
Ahora que ambas normas han sido declaradas inconstitucionales, dos fechas se marcaron tentativamente en los calendarios oficialistas: el 26 de mayo y el segundo domingo de junio.
Esta última jornada es la que tiene más chances de imponerse por dos grandes razones. La primera consiste en que, según explican en los altos despachos, la Junta Electoral Provincial necesita la mayor cantidad de tiempo posible para preparar una elección anticipada. Este argumento toma nota de la entrevista al presidente de la Corte Suprema, Daniel Posse, publicada en este diario el 31 de enero. “Estamos listos para agosto. Seguramente habrá complicaciones si adelantan las elecciones”, advirtió el magistrado, quien también preside la Junta Electoral Provincial.
El segundo motivo por el cual el 9 de junio aparece como el domingo más probable para ir a votar se vincula directamente con el cronograma electoral nacional. El 22 de ese mismo mes vence el plazo para la presentación de los precandidatos a diputados nacionales que se medirán en las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) del segundo domingo de agosto. El oficialismo no quiere que se “mezclen” las elecciones federales con las locales, por lo que no consideraría conveniente que en Tucumán se vote 15 días antes.
En síntesis, antes del 9 de junio sería demasiado temprano; y después, algo tarde.